La plataforma no solamente recopila datos personales sobre los participantes sino que también los trata y los almacena. La aplicación del RGPD desde el 25 de mayo 2018 obliga a Kimple a tomar medidas técnicas y organizacionales para adaptarse a la ley. Kimple cuenta con una funcionalidad específica para que el DPO (Data Protection Officer) esté informado y pueda tomar decisiones sobre el tratamiento de datos de sus clientes, exportación o eliminación de los mismos. Aseguramos así el cumplimiento del RGPD.
Ante todo es una nueva reglamentación, un texto de referencia europeo que garantiza las nuevas exigencias en términos de protección de datos personales. Este nuevo reglamento aporta más controles, vigilancia y seguridad en cuanto al tratamiento de datos personales por ciertas empresas (de las cuales forma parte Kimple). El RGPD se aplica a las empresas europeas y a sus subcontratistas, sea cual sea su localización.
No. Hoy en día, un email profesional es un dato personal, al cual se aplican las medidas del RGPD. Ya se trate de un intercambio comercial con una empresa o un particular, un contacto comercial proyectado o iniciado, solamente se podrá dar una comunicación si el cliente ha expresado de manera abierta y explícita su consentimiento a través de un opt-in claro y legible.
Este nuevo reglamento se aplica a los 28 países miembros de la Unión Europea y se extiende a toda entidad no europea desde el momento en que recopila o trata datos personales en nombre de un residente de la Unión Europea.
Sanciones fuertes y significativas se aplicarán a las empresas que no entran en conformidad con el RGPD: una multa de hasta 2% de la facturación por mala gestión de los registros (Artículo 28), falta de notificación de la autoridad de supervisión y de la persona afectada en caso de violación (Artículos 31 y 32) o ausencia de evaluación del impacto (Artículo 33). La multa máxima para las empresas que no respeten las nuevas condiciones puede alcanzar el 4% de la facturación o en ciertos casos, los 20 millones de euros (importe máximo).
En el marco de un juego/concurso/sorteo organizado por una empresa, cada participante se beneficia del derecho de acceso, portabilidad y supresión. Las empresas que hayan recolectado o tratado datos tienen la obligación de comunicar la información siguiente a los individuos afectados por esta recopilación. Incluye:
Sanciones fuertes y significativas se aplicarán a las empresas que no entran en conformidad con el RGPD: una multa de hasta 2% de la facturación por mala gestión de los registros (Artículo 28), falta de notificación de la autoridad de supervisión y de la persona afectada en caso de violación (Artículos 31 y 32) o ausencia de evaluación del impacto (Artículo 33). La multa máxima para las empresas que no respeten las nuevas condiciones puede alcanzar el 4% de la facturación o en ciertos casos, los 20 millones de euros (importe máximo).
En el marco de un juego/concurso/sorteo organizado por una empresa, cada participante se beneficia del derecho de acceso, portabilidad y supresión. Las empresas que hayan recolectado o tratado datos tienen la obligación de comunicar la información siguiente a los individuos afectados por esta recopilación. Incluye:
Para cada juego/concurso/sorteo, la solicitud de consentimiento, a través de un formulario, tendrá que ser comunicada y accesible, de manera inteligible y sencilla, con un opt-in específico explicando claramente el uso de los datos pedidos. Cada participante será así libre de dar su consentimiento y de reanudarlo. La empresa se expondrá a sanciones en caso de no respetar la solicitud.
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